Las siete questiones que necesita saber sobre la limitación de los precios del alquiler y las zonas tensionadas

2024
17 municipios de Girona se ven afectados por la medida.

Le explicamos dónde se aplica, a qué contratos, qué es un gran tenedor o qué bonificaciones fiscales tiene esta medida, entre otros temas.

Desde el pasado 16 de marzo en Cataluña se aplica una normativa que limita los precios del alquiler, una medida que estaba prevista en la Ley del Derecho a la Vivienda. Y la Secretaría de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, el 15 de marzo, publicó la resolución que regula un índice de precios de referencia, que se deberá aplicar en determinados casos en aquellas zonas declaradas como de mercado residencial tensionado.

 

¿DÓNDE SE APLICA LA MEDIDA?

 

Cataluña es la única comunidad autónoma que se ha adherido a esta medida. Concretamente, se han declarado 140 municipios que conforman el área tensionada de Cataluña, de los cuales constan 17 en la provincia de Girona: Figueres, Girona, Salt, Sarrià de Ter, Banyoles, La Bisbal d'Empordà, Blanes, Lloret de Mar, Olot, Palafrugell, Palamós, Porqueres, Puigcerdà, Ripoll, Sant Feliu de Guíxols y Santa Coloma de Farners.

 

¿A QUÉ CONTRATOS?

 

La limitación del precio del alquiler se aplica para los contratos firmados a partir del 16 de marzo de 2024 en poblaciones que estén en zona tensionada. Además, habrá que distinguir si el propietario tiene o no la condición de gran tenedor. Las poblaciones que no son áreas tensionadas no quedan afectadas, y el precio del alquiler se puede seguir determinando de forma libre.

 

¿QUIÉN TIENE LA CONDICIÓN DE GRAN TENEDOR?

 

En las zonas tensionadas también cambia la definición de aquellos propietarios considerados como grandes tenedores. Por un lado, se mantiene la regulación anterior, es decir, se considera gran tenedor (en todos los territorios, independientemente si es zona tensionada o no) aquel que es titular de más de diez inmuebles urbanos de uso residencial o una superficie construida de más de 1.500 metros cuadrados de uso residencial (excluyendo garajes y trasteros). En Cataluña, en las zonas tensionadas, además de la anterior definición, también es gran tenedor aquel que posee cinco o más propiedades de uso residencial ubicadas en el conjunto de los 140 municipios.

 

¿CÓMO PUEDO SABER EL ÍNDICE DE REFERENCIA?

 

Para consultar el índice de referencia correspondiente, es necesario ingresar al sitio web del Ministerio de la Vivienda y Agenda Urbana, en el siguiente enlace https://serpavi.mivau.gob.es/ e introducir los datos que solicita. El resultado mostrará un tramo inferior y uno superior sobre el cual se puede aplicar el precio del alquiler.

 

¿CÓMO SE APLICA LA LIMITACIÓN DE LOS PRECIOS DE ALQUILER EN LAS ZONAS TENSIONADAS?

 

La determinación del precio de alquiler a aplicar en los nuevos contratos depende de si el propietario - arrendador tiene la condición de gran tenedor o no.

Si no es gran tenedor: la renta del nuevo contrato no podrá superar la renta del contrato de alquiler anterior, debidamente actualizada.

Si es un gran tenedor: se aplicará la renta que resulte menor entre la derivada del índice de precios de referencia y la renta del anterior contrato de arrendamiento, debidamente actualizada.

Si es una vivienda que no ha sido arrendada en los últimos cinco años: en este caso se le aplica directamente la renta que resulte del índice de precios de referencia.

 

¿EN QUÉ CASOS SE PUEDE INCREMENTAR LA RENTA DE ALQUILER UN 10%?

 

Se permite incrementar la renta de alquiler hasta un 10% en cuatro supuestos. Que son:

- Cuando la vivienda haya sido objeto de una rehabilitación finalizada en los dos años anteriores a la fecha de la suscripción del nuevo contrato de arrendamiento.

- Cuando la vivienda, en los dos años anteriores, haya sido objeto de actuaciones de rehabilitación o mejora donde se haya acreditado un ahorro de energía primaria no renovable del 30%.

- Cuando la vivienda, en los dos años anteriores, haya sido objeto de actuaciones de mejora de la accesibilidad.

- Cuando el contrato de arrendamiento se firme por un periodo de diez años o más.

 

Si tiene alguna duda después de leer este artículo, puede ponerse en contacto con cualquiera de nuestras oficinas: Girona, Figueres, Roses o Llançà, ¡le atenderemos de manera personalizada!

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08/04/2024
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